Fecha y hora oficial
La Sede Judicial Electrónica de la Junta de Andalucía debe indicar la fecha y hora oficial, como así lo recoge el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para cualquier trámite que se realice desde esta sede, serán la fecha y la hora oficiales proporcionadas por el Real Instituto y Observatorio de la Armada las que tengan validez legal, y no las del equipo desde el cual se efectúa el trámite. Es necesario actualizarlas cuando se quiera tener certeza de la fecha y la hora en un momento dado.
Normativa
La fecha y hora oficial de las sedes electrónicas están reguladas por las siguientes disposiciones:
- Artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Artículo 11. f) del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
- Artículo 15.2 del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
En cumplimiento de las anteriores disposiciones, se ofrece la fecha y hora oficial de la Sede Judicial Electrónica de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La hora que se presenta (no así en los certificados emitidos) en la Sede Judicial Electrónica de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Andalucía puede no corresponder a la hora exacta, debido al desfase provocado por los medios telemáticos utilizados hasta su recepción, por lo que tiene carácter meramente informativo y en ningún caso de certificación horaria.