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02/11/2026 21:33

Dictamen Pericial

Información general

Los escritos de trámite son aquellos que se presentan ante un órgano judicial por la persona física o jurídica en el marco de un procedimiento judicial ya iniciado. A través de ellos, se pueden realizar solicitudes o comunicaciones dirigidas a los órganos judiciales. Cualquier persona física o jurídica puede realizar la presentación telemática de escritos.

Los escritos de trámite están exentos del pago de tasas judiciales.

Descripción

Mediante este formulario los peritos podrán proceder a la presentación de sus informes en los procedimientos correspondientes. Para presentar el escrito se deberá incluir la siguiente información:

  •  Órgano Judicial
  •  Tipo, número y año del procedimiento
  •  Número de pieza (en caso de que el procedimiento asociado sea una pieza separada)
  •  NIG (Número de Identificación General del procedimiento)
  •  Datos del perito
  •  Datos del informe

Documentación

Junto con el informe, se podrá acompañar al mismo toda la documentación que se considere conveniente y contenga datos de interés para el procedimiento. 

Dónde presentarlo

El escrito deberá dirigirse al órgano judicial que tramite el procedimiento, presentándolo en el Servicio Común de Registro y Reparto (Decanato) al que esté adscrito o directamente en el juzgado en el supuesto de que éste fuese único en el partido judicial.

Puede consultar la localización y datos de Decanatos y órganos judiciales en el Directorio Judicial

Normativa

Ley 1/2000, del 7 de Enero, de Enjuiciamiento Civil (artículos 812 a 818)

Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria

Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social

Cualquier otra norma aplicable al procedimiento concreto el que se dirija el escrito.  

Fases

  • Presentación del escrito.
    1
  • Comparecencia y Ratificación: En muchos casos, el perito es citado a juicio para ratificar su informe. Durante esta fase:
    2
    • Confirma la autoría y el contenido de su dictamen.
    • Aclara cualquier punto oscuro o dudoso.
    • Responde a las preguntas formuladas por las partes (abogados) y por el juez.
    • Defiende sus conclusiones y la metodología empleada.
  • Sentencia. Terminada la vista y el tribunal dictará sentencia en plazo de diez días.
    3
  • Recursos. No cabrá recurso de apelación contra las sentencias dictadas en un Juicio Verbal por razón de la cuantía cuando ésta no supere los 3.000 euros, siendo, por tanto, firme la sentencia.
    4

Tasas

Los escritos de trámite están exentos del pago de tasas judiciales.

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Presentaciónes de escritos

Actualmente, existen dos modalidades principales para la presentación de escritos: la presentación telemática y presencial. La presentación telemática se realiza a través de medios electrónicos y la presencial implica acudir físicamente a una sede judicial. Ambas modalidades tienen validez legal.

ELECTRÓNICA
Escrito de Trámite Presentar

PRESENCIAL

Dictamen Pericial

 

Dónde acudir para la presentación presencial

La presentación de la solicitud se llevará a cabo en el Servicio Común de Registro y Reparto (Decanato) o directamente en el juzgado, para el supuesto de que este fuese único en el partido judicial, del partido judicial al que corresponde el domicilio o residencia de la persona demandada.

En el caso de que este domicilio no se conociese, se puede presentar en el partido judicial en el que la persona deudora pudiese ser encontrada o, en el caso de tratarse de gastos de Comunidades de propietarios, en el que corresponde al municipio en el que se encuentra la finca.

Puede encontrar la localización y datos de los Decanatos y servicios comunes en el Directorio Judicial.

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